Cómo funciona un aval bancario

  • Se trata de una garantía bancaria que pretende asegurar el cumplimiento de una obligación económica.
pensiones, dinero
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¿Qué es un aval?

Se trata de una garantía bancaria que pretende asegurar el cumplimiento de una obligación económica mediante el compromiso de un tercero, llamado avalista. Es un contrato que se firma ante notario. En muchas ocasiones este notario es el propio del banco o Caja de Ahorros.

El aval bancario

Los avales de tipo bancario son usados con varias finalidades:

- Garantizar un préstamo.

- Avalar a empresas frente a terceros.

Por otra parte, y cada vez de una manera más habitual, se pueden ver este tipo de avales en contratos de alquiler de viviendas.

Existen dos tipos de avales bancarios:

Los avales técnicos: La entidad bancaria asume la respuesta en caso de falta o incumplimiento de concursos, subastas o contratos de suministro.

Los avales económicos: El banco avala una cantidad determinada en un plazo determinado. Es el caso del alquiler de un inmueble.

La solicitud

Primero, el banco quiere cubrirse las espaldas y disminuir el riesgo de la operación. Por ello, exige que sea el propio cliente y ordenante del aval quien tenga confirmada una línea de riesgo de comercio exterior que se utilizará por el importe del aval.

Posteriormente, el cliente deberá barajar diferentes circunstancias a la hora de pedir el aval o garantía bacancaria. Algunas de ellas son la duración del aval, el importe máximo a pagar, los términos de requerimiento del pago del aval, los datos del ordenante y las obligaciones objeto del aval.

La emisión y entrega del aval al cliente

De acuerdo con las condiciones establecidas previamente con el cliente, la entidad bancaria avalista procede a emitir el aval o garantía.

Después el banco cederá el aval emitido al cliente ordenante del aval, es decir, la entidad bancaria entrega el aval al beneficiario con las condiciones pactadas en su día.

La utilización del aval

Mientras el aval esté en periodo de actividad, el beneficiario(inquilino) puede demostrar mediante las condiciones del aval que el ordenante(arrendatario) incumple con sus obligaciones. De esta manera, el beneficiario hará uso del aval presentándose ante el banco emisor. Es decir, el banco se hace cargo de los pagos del deudor cuando este no pueda o no quiera hacerlo. Se habla de una especie de préstamo que el banco cede al dueño de la propiedad de manera constante hasta que finalice el aval.

Cierre y finalización del aval

Cuando el beneficiario haya usado el aval debido al incumplimiento de las obligaciones por parte del ordenante, se puede hablar de cierre del aval.

También en caso de que el tiempo de aplicación del aval expire sin haber sido usado por parte del beneficiario, el banco emisor cerrará el aval.

La comisión del banco

El banco avalista se llevará su parte en la operación. La entidad cobrará un número de comisiones bancarias con motivo de formalizar el contrato y mantener el aval. Dichas cantidades están recogidas por el Banco de España y son las siguientes:

Comisión por estudio: Es un porcentaje sobre el importe solicitado que tiene un mínimo por operación.

Comisión de apertura: Otro porcentaje sobre la cuantía del aval. Está entre el 0,5% y el 0,75%.

Comisión por riesgo: Un extra sobre el importe avalado que se mantiene también entre el 0,5% y el 0,75%, con la diferencia de que en este caso también influyen factores como plazo, tipo y riesgo del aval.

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