Practicopedia > Categorías > Finanzas personales > Declaración de la Renta > Cómo aprovechar las deducciones autonómicas de Cataluña en tu declaración de la renta
Si vives en esta comunidad puedes deducir un mínimo de 300 euros del dinero que pagas por tu alquiler

03/04/2013 por: Practicopedia
Arranca la campaña de la declaración de la renta 2012. Es el momento de abonar el IRPF, el impuesto que grava todo el dinero que ganas a lo largo del año. Dependiendo de tus circunstancias personales puedes beneficiarte de algunas deducciones. Éstas son pequeñas cantidades de dinero que descuentas de todo lo que tienes que pagar. Parte de este tributo se destina al Estado, la otra parte a la autonomía en la que vives. Por esta razón, te puedes deducir dinero tanto del tramo estatal del IRPF como del tramo autonómico. Descubre, en este practicograma, cómo aprovechar las deducciones autonómicas de Cataluña.
Arranca la campaña de renta 2011. Cuando haces tu declaración de la renta, declaras todo el dinero que has ganado a lo largo del año. El Estado grava este capital con el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas, más conocido como IRPF.
Parte de lo que recauda va a parar a sus propias arcas, la otra parte la ingresa la autonomía en la que vives.
Puesto que hay un tramo estatal y otro autonómico en el IRPF, puedes aplicar una doble deducción en tu declaración de la renta, una por cada tramo.
Si vives de alquiler en Cataluña, puedes deducir de tu declaración de la renta un 10% de todo el dinero que has pagado por tu vivienda a lo largo del año. Eso sí, tendrás que cumplir con alguno de los siguientes requisitos:
-Tener 32 años o menos.
-Tener un grado de discapacidad del 65% o superior.
-Haber estado dado del alta durante un periodo mínimo de 183 días.
-Ser viudo o viuda y tener más de 64 años.
-Tener una base imponible igual o inferior a 20.000 euros anuales.
-La cantidad de dinero que has pagado por tu alquiler debe ser superior al 10% de tu sueldo neto anual.
El límite máximo de esta deducción es de 300 euros. Se eleva a 600 euros si perteneces a una familia numerosa. Si haces la declaración conjunta el límite también es de 600 euros anuales, sólo que en este caso el límite de la base imponible se eleva a 30.000 euros.
Si tu vivienda habitual está en Cataluña, tienes derecho a una deducción del 7,5% de todo el dinero que has invertido en la casa a lo largo del año fiscal. Pero sólo si la inversión la has hecho a partir del 30 de julio de 2011. Este porcentaje de deducción asciende al 9% en los siguientes casos:
-Si tienes 32 años o menos y tu base imponible no supera los 30.000 euros.
-Has estado en paro 183 días o más.
-Tienes un grado de discapacidad del 65% o superior.
-Formas parte de una unidad familiar con al menos un hijo.
Si has comprado el inmueble o has realizado obras de reforma entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2011 la deducción asciende al 15%. También tendrás derecho a un porcentaje de deducción del 15% si has realizado obras de adecuación para personas con discapacidad en tu vivienda habitual.
Si vives en Cataluña, puedes aplicar la siguiente deducción del tramo autonómico de tu declaración de la renta por cada hijo que tengas o adoptes:
-150 euros por hijo si haces la declaración individual.
-300 euros por hijo si haces la declaración conjunta
Sólo podrás aplicar esta deducción si has tenido –o adoptado- a tu hijo en el periodo impositivo de tu declaración de la renta.
Si has pedido un préstamo para financiar tu máster o tu doctorado te puedes deducir el 100% de los intereses que genere este crédito. El único requisito es que hayas conseguido este dinero a través de la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación.
Si vives en Cataluña y te quedas viudo o viuda tienes derecho a una deducción de 150 euros en el tramo autonómico del IRPF. Si tienes a tu cargo dos o más descendientes la cuantía de esta deducción aumenta a 300 euros.
Puedes deducir el 15% del dinero que has donado a distintas entidades a lo largo del año fiscal. Estas organizaciones deberán fomentar el uso de la lengua catalana. Este es el caso, por ejemplo, del Instituto de Estudios Catalanes.
Si las donaciones las realizas a centros de investigación adscritos a universidades catalanas el porcentaje de deducción asciende al 25%.
En ambos casos el límite de la deducción es el 10% de la cuota íntegra autonómica de Cataluña.
Si vives en Cataluña te puedes deducir un 30% del dinero que has invertido en la compra de acciones. Pero sólo si adquiriste las participaciones en procesos de constitución de sociedades o de ampliación de capital de las mismas. El límite máximo de esta deducción es de 6.000 euros. Se tienen que cumplir, además, los siguientes requisitos:
-La empresa cuyas acciones has comprado tiene que tener su sede fiscal en Cataluña.
-Debe tener la naturaleza fiscal de sociedad anónima, sociedad anónima laboral, sociedad limitada o sociedad limitada laboral.
-No puedes poseer más del 35% de las acciones de la sociedad (40% si has comprado las acciones antes del 30 de julio de 2011).
Si has comprado acciones de empresas que se están expandiendo en el Mercado Alternativo Bursátil puedes beneficiarte de una deducción de hasta el 20%. Este mercado es un espacio en el que cotizan las sociedades de reducida capitalización. La cuantía máxima de esta deducción es de 10.000 euros. Pero para poder beneficiarte de esa deducción tienes que cumplir con los siguientes requisitos:
-No puedes poseer más del 10% de las participaciones de la sociedad en cuestión.
-La empresa debe tener su domicilio fiscal en Cataluña.
-Las acciones que has comprado deben ser de tu propiedad durante al menos dos años.
Para más información te recomendamos que entres en nuestra sección ‘Declaración de la renta’, dentro de la categoría ‘Finanzas personales’. Podrás consultar, entre otros, los siguientes practicogramas:
-‘Cómo aprovechar las deducciones autonómicas de Madrid’.
-‘Cómo son los documentos necesarios para hacer la declaración de la renta’.
-‘Cómo saber si te conviene hacer la declaración conjunta’.
-‘Cómo saber si estás obligado a hacer la declaración de la renta’.
-‘Cómo son las novedades en las deducciones por compra y alquiler de vivienda’.
-‘Cómo son los cambios en la deducción por obras de reforma en la renta de 2011’.
-‘Cómo son las novedades de la declaración de la renta 2011’.
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Maquilladora y consultora de moda. Enamorada del maquillaje. Adoro subir la autoestima de la mujer con los pinceles.
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