Practicopedia > Categorías > Finanzas personales > Declaración de la Renta > Cómo funciona la deducción en las viviendas adquiridas antes del 20 de enero de 2006
Los propietarios de este tipo de inmuebles tienen derecho a una compensación fiscal por el cambio de la normativa en las desgravaciones

23/04/2010 por: Practicopedia
Si compraste tu vivienda habitual antes del 20 de enero de 2006 tienes derecho a una compensación fiscal en la desgravación de la misma por el cambio que se ha introducido en el régimen de tributación de los inmuebles desde esa fecha. Descubre cómo realizar esta deducción en tu declaración de la renta.
Los contribuyentes que compraron sus viviendas habituales antes del 20 de enero de 2006 tenían derecho a desgravar el dinero que pagaban por su hipoteca a unos porcentajes determinados. Después de esta fecha, el porcentaje de deducción se modificó, y los propietarios de los inmuebles comprados con anterioridad a la misma pudieron verse perjudicados por el cambio. Por esta razón se establece esta compensación fiscal, para reducir el impacto del cambio en el régimen de tributación de la vivienda habitual en los contribuyentes.
La tributación se dividía en dos tramos, vigentes durante los dos años posteriores a la compra del inmueble:
-Estatal, en el que los primeros 4.507,59 euros tributaban al 16,75% y el resto, hasta llegar a un máximo de 9.015,18 euros, lo hacía al 10,05%.
-Autonómico, en el que los primeros 4.507,59 euros tributaban al 8,25% y el resto, hasta llegar a un máximo de 9.015,18 euros al 4,95%.
Pasado el 20 de enero de 2006, la forma de tributar la vivienda habitual cambia y se establece que los porcentajes de desgravación para los primeros 9.015,18 euros de la hipoteca son:
-10,05% en el tramo estatal.
-4,95% en el tramo autonómico, con posibles excepciones en la Comunidad Autónoma de Cataluña y Murcia.
Si al recibir tu copia de la declaración de la renta te das cuenta de que la Agencia Tributaria se ha equivocado calculando la deducción de tu vivienda habitual siempre puedes modificar el borrador a través de Internet o acudiendo en persona a tu oficina correspondiente. Es posible que tengas que presentar algún de documento que de fe de la fecha en la que compraste tu domicilio y de la hipoteca que estás pagando todos los meses para justificar este cambio (escrituras, recibos, documentos bancarios, etc.)

Si vas a hacer tu declaración de la renta utilizando el programa PADRE de la Agencia Tributaria debes desgravar tu vivienda pinchando en el desplegable que encontrarás a la derecha de la casilla A del Anexo A(I). Aquí debes indicar, entre otras cosas, la fecha de adquisición del inmueble y marcar con una ‘X’ la casilla correspondiente a la compensación fiscal por compra anterior al 20 de enero de 2010. El importe de dicha compensación quedará reflejado en la casilla 738. Si eres residente de la Comunidad Autónoma de Cataluña o de la Región de Murcia deberás prestar especial atención a las casillas 4 y 5 de este desplegable y marcarlas con una ‘X’ si reúnes las condiciones que en ellas se señalan.
Si has comprado tu vivienda habitual antes del 20 de enero de 2006 puedes acogerte a la compensación fiscal o no, dependiendo de lo que más te beneficie en el computo total de tu declaración de la renta. Esto dependerá, en gran medida, de la cantidad de años que lleves tributando por tu casa. Lo mejor que puedes hacer para ver qué modalidad te conviene más es calcular el resultado de la declaración de las dos maneras y quedarte con la que consideres más beneficiosa. En cualquier caso, recuerda que si adquiriste el inmueble en el que resides después del 20 de enero de 2006 sólo podrás desgravarla a los porcentajes establecidos desde entonces.

La deducción de la base imponible de tu declaración de la renta procedente de la desgravación de tu vivienda habitual, tanto si la compraste antes del 20 de enero de 2006 como si la compraste después, se desarrolla tanto por la vía estatal como por la autonómica, por lo que al final habrás logrado rebajar tu factura fiscal por partida doble. Ten en cuenta que cada Comunidad Autónoma determina sus propias subvenciones, por lo que no debes pasar por alto el listado de deducciones de la tuya, lo encontrarás en el ‘anexo B’ del borrador y del programa PADRE.
Si quieres saber más sobre cómo funciona la deducción por compra de vivienda habitual anterior al 20 de enero de 2006 puedes ponerte en contacto con el personal de la Agencia Tributaria llamando al 901 33 55 33 o consultar el ‘Manual Práctico de la Renta 2009’ que encontrarás en la página web de la Agencia Tributaria. También puedes consultar los practicogramas que encontrarás en nuestra sección de declaración de la renta.
Hola, una duda, tengo vivienda hab. antes de 2006; y al marcarla me sale una cantidad distinta. Al intentar modifcarlo por internet, no tiene la opción de marcar deducción fiscal, por lo que la cantidad sale inferior. ¿ Alguien sabe dónde puede marcarse esta casilla al modificar borrador por internet ?
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Subido el 23/04/2010 por:
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Maquilladora y consultora de moda. Enamorada del maquillaje. Adoro subir la autoestima de la mujer con los pinceles.
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