Cómo tributan las plazas de garaje en la declaración de la renta

  • No habrá que declarar aquellas plazas que se hayan adquirido junto con la vivienda habitual, siempre y cuando se encuentren en el mismo edificio o complejo urbanístico

Declarar las plazas de garaje en la declaración de la renta puede ser una tarea engorrosa. Las hay de muchos tipos dependiendo de su ubicación y de su tamaño y es fácil que tanto los contribuyentes como la Agencia Tributaria se equivoquen al hacerlas constar en el borrador. En este practicograma descubrirás cómo distinguirlas y cómo declarar cada una de ellas.

1 ¿Qué tipos de plazas hay?

A efectos fiscales, hay tres tipos de plazas de garaje:

-Las adquiridas de manera conjunta a la vivienda habitual

-Las adquiridas de forma independiente a la vivienda habitual

-Las adquiridas de de manera conjunta o independiente a una vivienda no habitual.

2 ¿Cómo tributa cada una de ellas?

Las plazas de aparcamiento adquiridas de forma conjunta a la vivienda habitual, siempre y cuando se encuentren dentro del mismo edificio o complejo urbanístico y su número máximo sea 2, no tributan de manera independiente, ya que se declaran junto con la vivienda de residencia, en el apartado ‘Datos adicionales de la vivienda habitual’, en la página 2 del borrador. Lo único que hay que hacer es hacer constar la titularidad de las mismas y facilitar el número de referencia catastral.

Por su parte, las plazas adquiridas de forma separa a la vivienda habitual o las compradas de forma conjunta a una segunda vivienda sí tributan por sí solas. Se les impone una renta del 1,1% o del 2,2% de su valor catastral, dependiendo de si éste ha sido revisado o no en la localidad en la que se encuentran las mismas. Se hacen constar en las casillas 061 a 069 del borrador de la declaración de la renta, en la sección ‘Relación de bienes inmuebles y rentas derivadas de los inmuebles a disposición de los titulares o arrendados o cedidos a terceros'. Hay que hacer declarar su titularidad, su ubicación y su número de referencia catastral.

3 ¿Puede cometer errores Hacienda en el borrador?

Sí, la Agencia Tributaria puede confundir la naturaleza de las plazas de garaje y aplicarles, por lo tanto, porcentajes de tributación que no les corresponden. De hecho, hay muchas probabilidades de que esto ocurra si has comprado tu vivienda habitual o una plaza de garaje a lo largo del último año, ya que probablemente Hacienda aún no tenga constancia de ello. Si es tu caso, no te preocupes, lo único que tienes que hacer es modificar el borrador de tu declaración para hacer constar la existencia de las plazas y la naturaleza de las mismas, para lo que necesitarás las escrituras de tu vivienda –si las plazas se escrituraron junto a la misma- o las de tu plaza.

4 ¿Se puede modificar el borrador a través de Internet?

Sí. Si has solicitado el borrador de la declaración de la renta y hay datos que no son correctos puedes corregirlos y confirmarlos desde la página web de la Agencia Tributaria. Revisa bien tu borrador, sustituye los datos que haga falta y confírmalo.

5 ¿Vas a hacer tú mismo tu propia declaración?

Si no has solicitado el borrador y vas a confeccionar tu declaración de la renta de manera individual utilizando el programa PADRE has de saber que debes hacer constar tus plazas de garaje en las mismas casillas que en el borrador: de la 061 a 069. Los datos que tendrás que facilitar también serán los mismos: titularidad, ubicación y número de referencia catastral.

6 El número de referencia catastral.

Todo inmueble, sea del tipo que sea, cuenta con un número de referencia catastral, que no es otra cosa que la cifra que lo identifica como tal ante el Estado. Se otorga a la hora de escriturar el inmueble en cuestión, aunque si no te acuerdas del tuyo siempre puedes dirigirte a la sede electrónica del catastro, en donde podrás obtenerlo localizando tu inmueble. También puedes ponerte en contacto con ellos llamando al 902 373 635.

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