Practicopedia > Categorías > Finanzas personales > Impuestos > Cómo son los tipos de IVA en España
Con la modificación de julio de 2010, el tipo general pasa de un 16% al 18%

28/12/2010 por: Practicopedia
Hay tres tipos de IVA: el general, el reducido y el superreducido. Los dos primeros sufren modificaciones al alza mientras que el último queda como estaba antes de la reforma de julio de 2010.
El IVA es un impuesto indirecto sobre el consumo. Es habitual en la Europa comunitaria, lo soporta el consumidor aunque sean los empresarios y profesionales los obligados a ingresar las cuotas del impuesto. En España se introdujo en 1986 con la entrada en la Comunidad Económica Europea. En 1992 se hizo una reforma a nivel comunitario para adaptarlo al mercado interior de la UE con la consiguiente supresión de los aranceles fronterizos. La ley fundamental que regula el tributo es la Ley 37/1992.
Desde enero de 1995 a junio de 2010:
- Tipo general: 16%. Es el tipo que se aplica por defecto cuando no resulta aplicable ninguno de los otros tipos.
- Tipo reducido 7%. Aplicado básicamente a algunos productos alimenticios (carne, pescado y aguas) y a los productos sanitarios, transporte de viajeros, la mayoría de servicios de hostelería y la construcción de viviendas.
- Tipo superreducido: 4%. Aplicado a productos de alimentación, libros, periódicos (y análogos) y especialidades farmacéutica.
Desde 1992 a 1995:
- Tipo general: 15%.
- Tipo reducido: 6%.
- Tipo superreducido: 3%.
Desde 1986 a 1992:
- El tipo general era de un 13%.
- No existían otros tipos.
Es de un 18%, aumentando en dos puntos la presión impositiva del mismo. Es el tipo que se aplica por defecto cuando no resulta aplicable ninguno de los otros tipos.
El tipo reducido es de un 8%, creciendo en un 1% la presión impositiva.
Se aplica a productos alimenticios y a los productos sanitarios (incluidas las gafas y las lentillas), así como aquello productos sanitarios de uso animal; transporte terrestre de viajeros y equipajes y aéreo y marítimo con destino a Baleares; la mayoría de servicios de hostelería y la construcción de viviendas; Entrada a cines, teatros, circos, conciertos, bibliotecas, museos, exposiciones, etc.
Se excluyen las bebidas alcohólicas, los refrescos y el tabaco, los cosméticos y los productos de higiene personal.
Se queda en el 4%. No aumenta. Se aplica a los denominados bienes de primera necesidad:
- Pan y cereales para su elaboración.
- Leche, queso y huevos.
- Frutas, verduras, hortalizas, legumbres y tubérculos naturales.
- Libros, periódicos y revistas.
- Coches y prótesis para minusválidos.
- Viviendas de protección oficial de régimen especial.
Creo que no tienes bien las modificaciones. Desde enero 86 a enero 92 los tipos eran: reducido 6%, general 12% e incrementado 33%. Desde enero 92 a agosto 92: 6%, 13% y 28%. Desde agosto 92 a enero 93: 6%, 15%, 28%. Desde enero 93 a enero 95: Superreducido 3%, reducido 6% y general 15%. Desde enero 95 a julio 2010: 4%, 7% y 16%. Desde julio 2010: 4%, 8% y 18%
Soy encuadernadora.Ruego tengan la amabilidad de informarme que iva tengo que aplicar a las encuadernaciones de libros. GraCIAS
alumillenni@hotmail.es
El IVA REAL QUE SE PAGA ACTUALMENTE SI ESTAS EN REGIMEN DE MODULOS ES DEL 16 MAS EL REGIMEN DE EQUIVALENCIA QUE ES DEL 4 POR CIENTO MAS,ES DECIR SE PAGA ACTUALMENTE UN 20 POR CIENTO DE IVA, QUE CON LA SUBIDA DEL 2 POR CIENTO .QUEDARA DE LA SIGUIENTE MANERA 18 POR CIENTO MAS EL 4 POR CIENTO DE REGIMEN DE EQUIVALENCIA SE PAGARA UN ABUSIVO 22 POR CIENTO NO DEDUCIBLE.EL CAOS VIENE NO COMPREIS NADA QUE NO SEA DE SUPERVIVENCIA Y OS LO DICE UN COMERCIANTE QUE VIVE PARA EL BIENESTAR REAL DEL PUEBLO.
publicidad
Subido el 28/12/2010 por:
Líder del How-To audiovisual en España. También en Facebook.com/practicopedia y Twitter.com/practicopedia
publicidad
Top practicovideos
Últimos practicogramas
© Practicopedia